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licitación pública

marzo 23, 2021

¿Qué es una licitación pública en Colombia?

LICITACIÓN PÚBLICA

El primer documento que normalizó la contratación pública en Colombia con el objetivo de establecer principios que garantizaran la transparencia y eficacia de los procesos, fue el código Fiscal Nacional de 1912, en el que se dispuso a la licitación pública como de carácter obligatorio.

El decreto extraordinario 2880 de 1959 estructuró las reglas para ejecutar dichas licitaciones. Con la implementación de La ley 4 de 1964 se hizo un aporte importante al procedimiento mediante el registro de proponentes con su clasificación y calificación y las revisiones periódicas a los precios unitarios con el uso de fórmulas matemáticas.

Finalmente, con la Ley 80 de 1993 se ofreció a las entidades públicas con la estructura y los principios de contratación. La reforma a esta ley, a través de la Ley 1150 de 2007, pretende reducir costos del proceso contractual.

Los procesos licitatorios se realizaron con el ánimo de servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

https://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/2184/1/TRABAJO%20DE%20GRADO.pdf

Definiciones de licitación pública:

La licitación pública es un procedimiento administrativo regulado de carácter concursal por el cual un organismo público abre un proceso de contratación para la ejecución de una obra o la provisión de un suministro o servicio. En las bases de la convocatoria -pliego de contratación- se establecerán las condiciones del concurso.

Las licitaciones son la regla general para las adquisiciones, arrendamientos y servicios, son convocadas mediante una convocatoria pública para que se presenten propuestas libremente, en sobre cerrado, el cual es abierto públicamente para que sean aseguradas al Estado las mejores condiciones en cuanto a calidad y precio.

Las licitaciones públicas se convocan para la contratación de bienes y obras, según los márgenes establecidos en las normas presupuestarias. Así mismo, el concurso Público, se convoca para la contratación de servicios, según los parámetros establecidos en las normas presupuestarias.

Cuando una entidad, ya sea pública o privada, desea realizar un trabajo por medio de la contratación de otra empresa se utiliza un procedimiento denominado licitación o concurso. En la licitación abierta cualquier proveedor que cumpla con las características puede participar.


Fases de una licitación pública

  • Anuncio. Todas las convocatorias son anunciadas con antelación, donde se verá una descripción de los proyectos y las fechas en las que serán publicadas sus bases.
  • Pliego y bases de convocatoria.
  • Presentación de propuestas.
  • Revisión.

La licitación, es un acto que tiene como principal objetivo el encontrar de manera adecuada y seria, un responsable para algún servicio o beneficio que se ofrezca en el sector público.

La licitación busca entonces asegurar la honestidad y la transparencia, sirve para generar confianza ciudadana en la correcta administración de los recursos que dispone el Estado y eso es más importante que eludir el mayor tiempo en la atención “urgente” de una necesidad pública.

Bajo la licitación pública se puede utilizar un sistema de oferta dinámica, por medio de la cual se selecciona al proponente que haya ofrecido más beneficios por un bien o servicio; o de subasta inversa, es decir que se selecciona a aquel que ha ofrecido un menor valor por la ejecución del contrato.

Mediante los concursos de méritos, se realiza la contratación de consultores o proyectos en donde se busque contratar la experticia e intelecto de una persona o grupo de personas, en áreas específicas.

Los concursos de méritos, como su nombre lo indica, busca calificar la experiencia de los proponentes, el cumplimiento de factores objetivos legales y de capacidad financiera, y en ese sentido no se toma como factor determinante para la selección del contratista las ofertas económicas. 

La contratación directa se realiza cuando el contrato tiene un valor inferior o igual al 10% de la mínima cuantía de la entidad determinada por el presupuesto anual, sin importar la naturaleza jurídica de la entidad

Sobre los tipos de contratos, abajo se mencionan algunos: Contratos de concesión:

Se otorga a un concesionario la prestación, operación, explotación, organización o gestión, total o parcial, de un servicio público. También, la construcción, explotación o conservación total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso público. La ejecución de estos contratos se hace bajo cuenta y riesgo del concesionario, pero bajo la vigilancia y control de la entidad estatal.

En contraprestación se da una remuneración que puede ser: (i) derechos, (ii) tarifas, (iii) tasas, (iv) valorizaciones, (v) una participación que se le otorgue en la explotación del bien, (vi) en una suma periódica, única o porcentual y, (v) en general, cualquier otra modalidad acordada por las partes. Bajo este tipo de contratos se han celebrado los contratos de infraestructura más importantes de Colombia, tales como:

la Ruta del Sol, Avenida de las Américas, Concesión Bogotá Villavicencio, Concesión Red Férrea del Atlántico, entre otras concesiones viales. Así como, la mayoría de los aeropuertos y puertos del país, se operan bajo esta modalidad. Ha sido tan exitoso este modelo de negocio que se hacen en su mayoría en Alianzas Público-Privadas (APP) que las escuelas de negocios más reconocidas de Estados Unidos han venido a Colombia a estudiar el modelo.

  • Contratos de obra

Son aquellos contratos cuyo objeto es la construcción, mantenimiento, instalación, realización de trabajos materiales sobre bienes inmuebles, sin tener en cuenta la modalidad de ejecución y de pago. ​

  • Contratos de consultoría:

Se suscriben contratos de consultoría cuando se busca la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos. Así como, a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. De igual manera, bajo este tipo de contrato se ejecutan interventorías, asesorías, gerencias de obra o de proyectos, contratos de dirección, de programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos. 

  • Contratos de prestación de servicios:

Los contratos de prestación de servicios son utilizados para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Una de las particularidades de este contrato es que únicamente se celebra con personas naturales cuando el trabajo contratado no puede ser ejecutado por un personal de planta o cuando se celebre por los conocimientos especiales de la persona. En estos casos no se crea una relación laboral con la entidad. 

  • Contratos de encargos fiduciarios y fiducia pública:

 Este tipo de contrato tiene como fin la administración o manejo de recursos vinculados a los contratos estatales. Lo anterior con sujeción a los estatutos de cada una de las entidades estatales y teniendo en cuenta que está expresamente prohibido para las entidades estatales, constituir directamente patrimonios autónomos.

Por lo tanto, por lo general si se llegan a requerir, se exigirá al contratista que lo haga, estando esto anunciado desde el momento en que se publican las condiciones de selección y las condiciones para la respectiva contratación.

Cualquier persona que desee contratar con el Estado debe inscribirse en el Registro Único de Proponentes (RUP).

El RUP, que tiene una vigencia de un año, certifica información relativa a:  la capacidad jurídica,  actividades económicas, capacidad financiera, capacidad organizacional, la cual está compuesta por la organización técnica, organización operacional, y la experiencia del proponente.

Esto permite que la verificación de ciertos datos mínimos requeridos por la entidad sea fácilmente verificable mediante la consulta del documento, no requiriéndose ni pudiéndose solicitar por parte de las entidades estatales, documentos adicionales para verificar lo que consta en el RUP, por expresa prohibición legal. ​

En el RUP se registran los montos de las sanciones o multas que se ha impuesto al proponente. Dicha información es enviada por las entidades estatales a las Cámaras de Comercio, para que dichas situaciones sean de público conocimiento.

En resumen estos son los conceptos básicos a tener en cuenta para participar en licitaciones públicas.

Un artículo del equipo Tasa head hunters Colombia

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